Piden decretar nueva Alerta Sanitaria en Freirina y clausura definitiva de planta Agros... - 0 views
Programa Pro - PROGRAMA MUNICIPIO... - 0 views
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Pepa García: qué malo, qué sorpresa. No existe el rescatista, para empezar, que es quien lleva la carga de cualquier política (necesitan asistencia sanitaria y necesitan hogares temporales, en forma de refugio o red de hogares. Se necesita la promoción del voluntariado a concho: reconocer a los rescatistas y ayudarlos). Chile no es un país ´eutanásico´ por lo que sólo se trata de hacer cumplir la ley donde no se haga (se basan ne este punto en legisñaciones gringa y argentina, dpnde el sacrificio es legal). Se habla en el texto de las 5 libertades, no de los derechos de los animales (las 5 lbertades fueron establecidas por los ganaderos, y eluden el derecho a vivri de los animales). Se anima a la difusión de la declaración de bienestar de la WSPA (la wspa es una seudoprotectora que defiende los intereses de ganaderos y otros cuerpos; que trabaja activamente para evitar que la gente deje de comer animales). La wspa es el mayor enemigo de los animales, al no reconocerles el derecho a vivir... En los folletos de la wspa sobre gestión de población canina se justifica el sacrificio de perros sanos en refugios. En fin, francamente, muy deficiente. Les dejo un link por si a alguien le interesa. Están a tiempo de modificar el texto. Yo se lo ruego. Amistosa y francamente. (luego escribiré en detalle un texto, humildemente y con el ánimo de echar una mano, que les haré llegar). http://wsspa.tumblr.com/
apología de bonacic en web de ruiz esquide: : Senado - República de Chile : : - 0 views
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Antecedentes sobre perros y su impacto en la salud púbica, ganadería, fauna silvestre y calidad de vida de las personasCristian Bonacic Especialista en Biodiversidad y Bienestar Animal Departamento de Ecosistemas y Medio Ambiente PUC Cristian Bonacic MV, MSc, PhD (Oxford)Especialista en Biodiversidad y Bienestar AnimalDirectorDepartamento de Ecosistemas y Medio AmbientePONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICAD DE CHILERepresentante de UFAW (Organismo de Bienestar Animal Internacional)Investigador Asociado de la Universidad de ColumbiaMiembro del Grupo de la Comisión de Sobrevivencia de Especies de la UICNMiembro de EcoHealth Alliance (http://www.ecohealthalliance.org/about/experts/33-bonacic)Como Médico Veterinario e investigador en conservación de fauna y bienestar animal quisiera ponerme a su disposición para aportar antecedentes objetivos sobre la importancia de una ley de tenencia responsable, que incluya el retiro de mascotas de las calles y zonas rurales y la eutanasia cuando un profesional Médico Veterinario lo indique (riesgo de enfermedades transmisibles al Hombre y agresividad hacia el Hombre y otros animales).Mis primeras sugerencias sobre tema perros son las siguientes: 1. Una ley de tenencia sin la posibilidad de aplicar EUTANASIA no serviría de nada. Se define eutanasia como el cese de la vida de un animal en forma indolora que solo profesionales especialistas (Médicos Veterinarios), pueden aplicar en animales enfermos o que representan un riesgo para las personas (agresividad, transmisión de enfermedades ). Los perros en forma masiva en las calles y zonas rurales exponen a las personas y a los animales (perros, ganado y fauna silvestre) a un problema sin control. Por lo demás la eutanasia a mascotas y animales plaga, animales de consumo humano y dañinos ya se aplica diariamente en Chile. 2. Existe legislación en todos los países OECD y Norteamerica que obliga a las autoridades sanitarias a retirar a los perros de las calles por sus
ordenanza vitacura - 0 views
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artículos ilegales, total o parcialmente: ARTICULO 166: Todo animal doméstico que se encuentre en la vía pública sin control humano o carente del necesario sistema de sujeción, aunque presente algún tipo de identificación será considerado vago para los efectos legales y, para evitar las consecuencias nocivas que pueda provocar esta situación, podrá ser retirado y/o eliminado por la autoridad competente, quién dispondrá las medidas necesarias para ello. ARTICULO 173: Cuando la autoridad sanitaria detecte un caso de rabia, o las condiciones epidemiológicas para que se produzca un brote de la enfermedad, podrá retirar o eliminar los perros vagos que se encuentren en la vía pública y lugares de uso común .En caso de ser necesario, para cumplir con este objetivo, se solicitará el auxilio de la fuerza pública. ARTICULO 176: Los propietarios a cualquier título de animales enfermos o lesionados deben proveer asistencia veterinaria, siempre que sea necesaria y en el caso de no poder resolver el problema por medios terapéuticos, la eutanasia será un medio valido a realizarse para evitar el sufrimiento del animal, debiendo ser efectuada sólo por un Medico Veterinario ya sea privado, o por los médicos Veterinario Municipales. ARTICULO 177: Queda estrictamente prohibido dejar abandonados animales en los espacios de uso público o privados, así como alimentar animales en la vía pública.
RESOLUCION SEREMI - 0 views
Denuncian a Gobierno y a Agrosuper por intento de fraude a mercado de carbono de ONU - 0 views
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La RCA N° 110 del 2005 emitida por el Ministerio de Medio Ambiente, que contra la voluntad comunitaria autorizó la puesta en marcha de este mega emprendimiento, y que constituyó el soporte técnico para avalar la solicitud de Agrosuper ante la instancia internacional, está en estos momentos siendo revisada y reconsiderada, por lo que no se entiende cómo los apoyos que de ella emanaron no han sido oportunamente alertados de este drástico cambio de situación. Es por ello que OLCA y el Movimiento Socioambiental Valle del Huasco, enviaron una carta para toma de razón al organismo de Desarrollo Limpio de Naciones Unidas radicado en Alemania y una misiva a la Ministra de Medio Ambiente, exigiendo se retire el respaldo a Agrosuper y se niegue la certificación solicitada. Para Lucio Cuenca, director de OLCA, “No resiste análisis que un proyecto irresponsable que generó una alerta sanitaria en mayo de 2012 y que actualmente se encuentra con una prohibición de funcionamiento, de parte del Ministerio de Salud, sea promocionado por el Ministerio del Medio Ambiente como una iniciativa sustentable. Esto es simplemente indignante y vergonzoso”. Indudablemente, de conseguir el aval internacional el proyecto de Agrosuper en Freirina, se desatará un escándalo sin proporciones en torno al modo de operar de Naciones Unidas en el mercado de Carbono y se profundizará el ya extendido cuestionamiento en torno a los mecanismos de mercado para proteger la naturaleza.
Mañalich confirmó que cerdos de planta de Freirina serán trasladados a la sex... - 0 views
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"La planta va a dejar de operar completamente y si volviera a trabajar debería hacerlo con una nueva resolución medioambiental y con criterios muy estrictos de la autoridad sanitaria", concluyó el ministro de Salud.
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"Nuestro decreto es que esta planta tiene que ir a un cierre total en un plazo de seis meses. Al término de ese período no debe haber ningún procesamiento, ni reproducción de cerdos. Este cierre es hasta que la empresa cumpla con las condiciones que permitan asegurar que la población no a correr ningún riesgo", sostuvo el secretario de Estado.
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El ministerio de Salud confirmó que los cerdos de la planta de Agrosuper en Freirina serán trasladados para ser faenados en la región de O'Higgins.
dictamen contraloría perros puente alto - http://www.contraloria.cl/LegisJuri... - 0 views
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En consecuencia, cabe reiterar que no existe facultad legal que habilite a los municipios para dar muerte a los perros abandonados en las vías públicas, como una forma de controlar la población canina. En lo que se refiere al retiro de los perros vagos de los lugares de uso público por parte de las municipalidades, la jurisprudencia de este Órgano Fiscalizador ha manifestado que los municipios pueden efectuar el retiro de esos animales, bien sea cuando actúan conforme a convenios que han celebrado en la materia, como colaboradores de la autoridad sanitaria, según prevé el artículo 2° del aludido decreto N° 89, o en aquellos casos en que proceden en virtud de sus facultades generales vinculadas con la salud pública, el medio ambiente, la prevención de riesgos y en su calidad de administradores de los bienes nacionales de uso público.
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por parte de la autoridad
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los municipios se encuentran plenamente facultados para efectuar el retiro de los perros vagos que circulan por las vías públicas, debiendo ejercer las acciones en tal sentido, en conformidad con las atribuciones que les otorga la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades
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situación sanitaria animal de chile 2009 - 0 views
DIPUTADOS PIDEN RECURSOS PARA CREAR CANILES MUNICIPALES - Cámara de Diputados - 1 views
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para llevar a cabo actividades de prevención de enfermedades relacionadas con el cuidado de los perros callejeros.
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el Proyecto de Acuerdo 306 solicita al Gobierno otorgar recursos específicos a los municipios para crear caniles con el fin de implementar programas efectivos de prevención de enfermedades en la población
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Dichos recursos serían administrados por las autoridades sanitarias regionales.
Comentario crítico a la propuesta de ordenanza de control canino de la Asocia... - 0 views
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No es razonable esperar que la conciencia plena en la tenencia responsable de animales de compañía se logre por decreto alcaldicio, menos bajo apercibimiento de sanción.
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Inscripción o registro canino en la municipalidad (un ejercicio inútil) En general las ordenanzas de control canino establecen la obligación de enrolar o inscribir al perro con dueño en un catastro municipal, trámite que autoriza su tenencia y reconoce su dominio previo pago de una “licencia canina” que se debe renovar todos los años. Bajo esta lógica, el resultado será generar una cifra negra de animales no inscritos por cuanto las personas no se van a exponer a ser castigadas y multadas por extravío de su animal “enrolado”. El efecto práctico del enrolamiento No tiene impacto relevante en la masificación de una conducta deseada por cuanto no se aborda el origen del descontrol de población canina. El enrolamiento no es una ventaja para el usuario, sólo es la amenaza de una sanción en caso de extravío.
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la demanda es muy inferior a la oferta de canes para adopción.
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