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pepa garcía

Control de las Poblaciones de Perros Vagabunos: OIE - World Organisation for Animal Health - 0 views

  • Se recomienda a las autoridades que, al elaborar un programa de control de la población canina, establezcan un grupo consultivo integrado por veterinarios, expertos en ecología y conducta caninas y en enfermedades zoonóticas y representantes de otras partes interesadas (administraciones locales, servicios/organismos de salud pública, servicios/organismos de control ambiental, ONG y sociedad local), que tendrá por principal cometido analizar y cuantificar el problema, determinar las causas, recabar la opinión de la sociedad sobre los perros y proponer las soluciones más eficaces tanto a corto como a largo plazo.
  • los perros vagabundos y asilvestrados, que plantean graves problemas de salud humana así como de sanidad y bienestar animal y tienen claras repercusiones socioeconómicas, ambientales, políticas y religiosas en numerosos países.
  • Programa de control de la población canina:  designa el programa encaminado a reducir hasta determinado nivel y/o mantener en ese nivel el tamaño de una población de perros vagabundos y/o a gestionarla para cumplir un objetivo preestablecido
  • ...7 more annotations...
  • La Autoridad Veterinaria es responsable de aplicar la legislación en materia de sanidad y bienestar de los animales en coordinación con otros organismos e instituciones gubernamentales competentes.
  • la organización y/o supervisión de los programas de control canino pueden ser responsabilidad de organizaciones no gubernamentales u organismos oficiales distintos de la Autoridad Veterinaria.
  • Organizaciones no gubernamentalesLas organizaciones no gubernamentales (ONG) pueden ser colaboradores valiosos para los Servicios Veterinarios, pues ayudan a informar y sensibilizar a la población y a obtener recursos para contribuir de modo práctico a la concepción y correcta aplicación de los programas de control de perros. Además, pueden aportar su conocimiento de la población canina local y del modo en que los propietarios ejercen de tales, además de su saber hacer en la manipulación y guarda de perros y la aplicación de programas de esterilización. Junto con los veterinarios y las autoridades, también pueden contribuir a educar al público en materia de propiedad responsable de un perro.
  • El fomento de la propiedad responsable de los perros con medidas tanto legislativas como pedagógicas es un componente indispensable de todo programa de control de la población canina.
  • La colaboración con las autoridades gubernamentales locales, ONG dedicadas al bienestar de los animales, clubes de residencias caninas, veterinarios privados y agrupaciones profesionales de veterinarios ayudará a las Autoridades Veterinarias a instituir y perpetuar este tipo de programas.
  • formas más responsables de propiedad
  • se requiere una combinación de medidas de legislación, información pública, pedagogía y promoción de todos estos elementos.
pepa garcía

Grupo Saieh considera "grave" que el estado chileno sea propietario de los recursos mar... - 0 views

  • "la aprobación de esta norma, que da carácter de bienes fiscales a los recursos hidrobiológicos, desconoce que no son susceptibles de propiedad mientras no sean objeto de captura, tanto que naturalmente pueden migrar más allá de dicho espacio marítimo. Atribuirles el carácter de bien fiscal es una ficción que pugna con la realidad y que interfiere con la apropiabilidad inherente a la actividad pesquera, y que generará severos problemas de interpretación y seguridad jurídica en torno a la misma" .
  • "cosa distinta es que el Estado pueda regular su captura para fines de conservación, lo que no requiere que sea propietario del recurso"
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    según Grupo Saieh sólo si capturas peces puedes determinar su estatus #fb http://diigo.com/0uh46 #lógicamanolitera
pepa garcía

NUEVA LEY DE TENENCIA RESPONSABLE - argentina - 0 views

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    NUEVA LEY DE TENENCIA RESPONSABLE SALIÓ AYER 27/01/12 para la Cuidad de Buenos Aires, PARA TODOS LOS PERROS DE MAS DE 20 Kilos, BOZAL OBLIGATORIO!!! LEY N.° 4078 Buenos Aires, 1° de diciembre de 2011 La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires  sanciona con fuerza de Ley Artículo 1°.- La presente ley tiene por objeto regular la tenencia de perros potencialmente peligrosos y crear el registro de propietarios de los mismos, cuyo fin es la preservación de la vida y la integridad física de las personas y demás animales. Art.2°.- Se establece como autoridad de aplicación de la presente ley al Ministerio de Ambiente y Espacio Público del Gobierno de la Ciudad u organismo que lo reemplace en el futuro. Art.3.- A los fines de la presente ley, se consideran "perros potencialmente peligrosos" los perros que pertenezcan a las siguientes razas: pit bull terrier, staffordshire bull terrier, american staffordshire terrier, dogo argentino, fila brasileño, tosa inu, akita inu, doberman, rottwiller, bullmastiff, dogo de burdeos, bull terrier, gran perro japonés, mastin napolitano, presa canario, ovejero alemán, cane corso y aquellos adiestrados para el ataque. Asimismo, tienen tal consideración los cruces entre las razas mencionadas o con otras razas obteniendo una tipología similar, a saber: más de 20 kilogramos de peso, perímetro torácico entre 60 y 80 centímetros, cabeza voluminosa y cuello corto, fuerte musculatura, mandíbula grande y boca profunda y resistencia y carácter marcado. Art. 4°. - Crease el Registro de Propietarios de Perros Potencialmente Peligrosos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el cual deberá llevar un registro de los propietarios de perros de las razas y características detalladas en el artículo 3º de la presente ley y otorgar los permisos de tenencia de los mismos a los solicitantes. Art.5°.- El Registro creado en el artículo precedente, deberá consignar los datos personales del so
pepa garcía

YouTube - Canal de AnimaNaturalis - 0 views

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    "Creemos que los animales merecen derechos fundamentales, como el derecho a la vida, a la libertad, a no ser torturados y a no ser considerados propiedad. La idea de derechos otorga protección a seres con intereses y los animales tienen al menos el interés de procurarse estados de bienestar y evitar estados dolorosos. El uso que hacemos de los animales en nuestra sociedad vulnera esos intereses, pues sólo tomamos en cuenta lo beneficioso que puede ser para nosotros su uso y explotación".
pepa garcía

Twitlonger: For those who think that the Endangered Species Act has something to do wit... - 0 views

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    "Finally, it should be understood that it is unlikely that any significant change in the status of animals as property will come about as the result of legislation or court cases until there is a significant social change in our attitude about animals. That is, it is not the law that will alter our moral thinking about animals; it must be the other way around. It was not the law that abolished slavery; indeed, the law protected slave ownership and the institution of slavery was not abolished by the law but by the Civil War. The present-day world economy is far more dependent on animal exploitation than were the southern United States on human slavery. Animal exploitation is not going to be ended by a pronouncement of the Supreme Court or an act of congress-at least not until a majority of us accept the position that the institution of animal property is morally unacceptable. "
pepa garcía

Gato como propiedad compartida ayuda a boliviano a evitar expulsión de Gran B... - 0 views

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    "En Gran Bretaña se dictó un fallo sin precedentes a favor de un inmigrante ilegal boliviano que vivía en el país con una muchacha británica. El argumento principal de la parte de descargo consistió en que la pareja había adquirido de mancomún y estaba criando un gato, informó hoy el periódico Sun."
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