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Manuel Fernández Pena

Cada día un menor denuncia en España que está siendo acosado en la red - 1 views

  • Según la Línea de Atención sobre Ciberbullying
  • Cada día un menor denuncia en España que está siendo acosado en la red
  • Una encuesta realizada por Ipsos para la agencia Reuters en 2012 en 24 países de todo el mundo revelaba que uno de cada diez (el 12%) padres todo el mundo afirmaban que su hijo había sido acosado y​, 24% aseguraba conocer a algún niño que lo había experimentado en su comunidad. En España, esos porcentajes se reducían al 5% y 11% respectivamente.
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  • Sin embargo, se calcula que cada día al menos un niño denuncia en España un caso de ciberacoso.
  • el 63% de los adolescentes admite haber hablado por Internet o a través de programas de mensajería instantánea con adultos a los que no conocía.
  • El sexting es otra de las formas en la que la vida del menor corre peligro. El 4% de los adolescentes españoles admite abiertamente haberlo practicado. Consiste en el intercambio de imágenes con contenido erótico o sexual de una manera consentida, en un principio, entre quien la envía y quien la recibe.
  • los programas gratuitos de chat sustituyen también a los foros y redes sociales como principal campo de cultivo de prácticas delictivas como el ciberbullying, el acoso escolar tradicional pero realizado a través de Internet, ya no sólo a través de ordenadores de sobremesa, sino principalmente en los últimos meses, a través de teléfonos móviles.
  • El grooming es un problema cada vez más frecuente en España. Este tipo de acoso intenta acercar al fanático a su 'presa' a través de las redes sociales o del correo electrónico para después convencerle y llegar a mantener una relación sexual no convenida.
  • Un 9,1% de adolescentes son acosados por el móvilHasta un 9,1 por ciento de los adolescentes son acosados por el móvil y un 12,4 por ciento a través de Internet,
  • con la irrupción de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICs) en la vida de los jóvenes, se ha generado una nueva forma de hostigar a las personas, adoptando la denominación de cyberbullying.
  • a mayoría de las agresiones fueron realizadas a través de las redes sociales, el 62 por ciento de las cometidas a través de móvil y el 88 por ciento a través de Internet. Respecto a las reacciones de las víctimas, la mayoría no contaron las agresiones recibidas a través de las TICs a ningún adulto.
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    Un artículo de Septiembre de 2013 habla sobre el incremento en el número de situaciones de acoso, y su desviación hacia las aplicaciones de chat en teléfonos móviles.
Manuel Fernández Pena

Revista legal | Ciberbullying & Grooming - Acoso en Internet | DelitosInformaticos.com - 0 views

  • ANÁLISIS JURÍDICO del CIBERBULLYING El ciberbullying puede plasmarse en diferentes tipos de actuaciones, cuya trascendencia, desde el punto de vista jurídico, varía en gran medida dependiendo de cuál se trate, pudiendo llegar un mismo acto a ser constitutivo de varios delitos. De esta manera, los principales delitos que son constitutivos de ciberbullying pueden ser el delito de amenazas, las coacciones, injurias o calumnias:
  • 1. Amenazas. Se encuentran reguladas en los artículos 169 y 171 del Código Penal. Los elementos principales que requiere la comisión de este delito son: – Que exista un amenaza, – Que la amenaza consista en causar un mal (sea delito o no) y – Que exista una condición para no causar dicho mal. En la gran mayoría de los casos, las amenazas constituyen la situación de acoso vivida por la víctima en la vida física (centros escolares), encontrándose indefenso ante el ataque reiterado por parte del acosador. El mal con el que se amenaza a la víctima puede ser constitutivo de delito o no, pero debe destacarse cómo la amenaza más empleada en Internet se encuentra directamente relacionada con el honor y la intimidad del afectado, existiendo casos en los que el coaccionador intimida a su víctima con la publicación de imágenes o videos que pueden situarlo en una posición comprometida respecto a terceros.
  • 2. Coacciones. Las coacciones vienen reguladas en el artículo 172 del CP. La comisión de este delito requiere del cumplimiento de los siguientes elementos: – Que se obligue a un tercero a hacer o dejar de hacer algo y – Que dicha obligación se lleve a cabo mediante violencia. Es posible que durante el acoso se produzca un delito de coacciones, siempre y cuando exista violencia. El elemento violencia deber ser entendido en su sentido más amplio, comprendiendo tanto la violencia física como la psíquica, y aplicada sobre las personas o sobre las cosas.
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  • 3. Injurias. Vienen reguladas en los artículos 205 y 207 del CP. Los elementos principales para que podamos encontrarnos con injurias son: – Que exista una acción o expresión y – Que se lesione la dignidad, fama o propia estimación. La acción constitutiva de injuria es normalmente una expresión, consistente en imputar hechos falsos o juicios de valor, que pueden realizarse verbalmente o por escrito, o también de un modo simbólico como las mismas caricaturas, emblemas, etc. En relación con la transcendencia que adquieren este tipo de conductas en el mundo online, deben tenerse en cuenta situaciones y conductas que ya existían previamente en el mundo físico y que causaban importantes daños a los afectados.
  • 4. Calumnias. Las calumnias se encuentran reguladas en los artículos 208 y 210 del CP. Para la comisión de este delito se requiere cumplir los siguientes requisitos: – Que exista una imputación de un delito, – Que la imputación sea falsa, – Que la imputación del delito sea sobre un hecho concreto y – Que la imputación se realice sobre una persona determinada o que se pueda determinar. Aunque suelen ser los menos frecuentes entre los acosos realizados a través de los medios online, es perfectamente posible que junto con las injurias, se asocie la imputación de delitos falsos que no se han cometido.
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    Esta es una web que informa a los internautas acerca de como enfrentarse a los tipos de delitos que existen en la actualidad. Dentro del apartado de ciberacoso encontramos el análisis jurídico del ciberbullying, que se divide en 4 tipos de delitos.
Manuel Fernández Pena

Estar condenado por delitos contra menores impedirá trabajar con niños | Soci... - 0 views

  • "Será requisito para el acceso a las profesiones cuyo ejercicio conlleve el contacto habitual con niños el no haber sido condenado por sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual, trata y explotación de menores",
  • Esta nueva disposición legal se añade como apartado a la Ley de Enjuiciamiento Civil. Otro apartado, también nuevo, establece la posibilidad de que cualquier persona pueda poner en conocimiento del Ministerio Fiscal hechos que puedan constituir delito contra un menor y obliga a que las autoridades públicas y los funcionarios a "su comunicación". El requisito de no haber sido condenado por delitos de explotación, trata o abuso sexual es "una exigencia", señala el anteproyecto en la exposición de motivos. Al incluirlo, "se da cumplimiento a una de las obligaciones adquiridas por nuestro país al ratificar el Convenio del Consejo de Europa..."
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    Artículo de El País de abril de 2014 en referencia a la nueva Ley de Protección del Menor, que modifica algunos aspectos que el Consejo de Europa encargó a los paises de la Unión.
Manuel Fernández Pena

Ley Orgánica Código Penal 10/1995 - 0 views

  • Artículo 186. El que, por cualquier medio directo, difundiere, vendiere o exhibiere material pornográfico entre menores de edad o incapaces, será castigado con la pena de multa de tres a diez meses.
  • Artículo 189. 1. El que utilizare a un menor de edad o a un incapaz con fines o en espectáculos exhibicionistas o pornográficos será castigado con la pena de prisión de uno a tres años. 2. El que tuviere bajo su potestad, tutela, guarda o acogimiento un menor de edad o incapaz y que, con noticia de la prostitución de éste, no haga lo posible para impedir su continuación en tal estado, o no acudiere a la autoridad para el mismo fin si carece de medios para su custodia, incurrirá en la pena de multa de tres a diez meses. 3. El Ministerio Fiscal promoverá las acciones pertinentes con objeto de privar de la patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar, a la persona que incurra en alguna de las conductas mencionadas en el párrafo anterior.
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    Añado el Código Penal en búsqueda del Boletín Oficial del Estado para compartir los artículos referencia de la utilización de material de pornografía infantil, esto son el art.186 y el art.189 entre otros.
enreda2

My Library - 0 views

  • Resolverás cualquier demanda, causa de acción o conflicto (colectivamente, "demanda") que tengas con nosotros surgida de o relacionada con la presente Declaración o con Facebook únicamente en el tribunal del Distrito Norte de California o en un tribunal estatal del Condado de San Mateo, y aceptas que sean dichos tribunales los competentes a la hora de resolver los litigios de dichos conflictos.
    • enreda2
       
      Extracto de los Términos de aceptación y uso de Facebook en el que, aceptando los mismos, aceptamos que cualquier demanda solo podrá ser resuelta en los tribunales indicados expresamente en este apartado.
  • Si alguien interpone una demanda contra nosotros relacionada con tus acciones, tu contenido o tu información en Facebook, nos indemnizarás y nos librarás de la responsabilidad por todos los posibles daños, pérdidas y gastos de cualquier tipo (incluidas las costas y tasas procesales razonables) relacionados con dicha demanda
    • enreda2
       
      Extracto de los Términos de aceptación y uso de Facebook mediante el cual, el usuario, se compromete a indemnizar a Facebook así como a hacerse cargo de las costas del proceso.
jcarlosmtnez

Derecho al honor, a la intimidad / privacidad - 5 views

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    La Constitución Española en su título I. "De los derechos y deberes fundamentales", en su art. 18.1 establece que "se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen". El primer párrafo del precepto cuenta con un contenido complejo, pues en él se protegen, en primer lugar, el derecho al honor, en segundo lugar, el derecho a la intimidad, tanto personal como familiar, y en tercer lugar el derecho a la propia imagen, derechos como veremos con rasgos comunes, pero también con aspectos que permiten distinguir tres derechos diferenciados.
Manuel Fernández Pena

Primera condena a un pedófilo gracias a la niña virtual 'Sweetie' - 1 views

    • Manuel Fernández Pena
       
      La noticia contiene un vídeo que nos muestra como "Sweetie" se dirige a los hombres para intentar encontrar a pederastas en potencia. 
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    Curiosa noticia que nos habla de como la Fundación Tierra de Hombres ha creado una niña virtual llamada "Sweetie" para ponerla en contacto con futuros pedófilos. Se genera entonces la controversia de si es un delito real el dirigirse a una persona ficticia. 
jcarlosmtnez

Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional. (Texto con... - 2 views

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    El título III, regula el recurso de amparo constitucional y, en concreto, el recurso de amparo por violación de los derechos y libertades referidos en el art. 53.2 de la Constitución. La garantía de las libertades y derechos fundamentales de las personas está encomendada, en primer lugar, a Jueces y Tribunales integrados en el Poder Judicial, a través de las vías y remedios que ofrecen las leyes procesales; si bien la Constitución ha establecido un sistema específico y último de tutela de tales derechos, el recurso de amparo constitucional, que ha residenciado en el Tribunal Constitucional. De esta manera, el Tribunal, se configura como órgano jurisdiccional superior en materia de garantías constitucionales y, por ende, último garante de los derechos y libertades fundamentales reconocidas en la Constitución. Su conocimiento corresponde en principio a las Salas, que pueden deferirlo a las Secciones. El Pleno conoce de los que le sean elevados por las Salas para un eventual cambio de doctrina y de aquéllos que recabe expresamente para sí.
jcarlosmtnez

Derecho al honor: Instituto Nacional de Ciberseguridad - Guía legal sobre la ... - 2 views

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    Recoge una guía legal sobre la protección del derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen en Internet.
jcarlosmtnez

Sentencia del Tribunal Constitucional 151/1997, de 29 de septiembre. - 0 views

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    El derecho a la intimidad se vincula a la esfera más reservada de las personas, al ámbito que éstas siempre preservan de las miradas ajenas, aquél que desea mantenerse oculto a los demás por pertenecer a su esfera más privada (SSTC 151/1997, de 29 de septiembre), vinculada con la dignidad y el libre desarrollo de la personalidad (art. 10.1 CE).
Manuel Fernández Pena

Ciber-bullying o ciberacoso: el oscuro lado criminal de las redes sociales. [... - 0 views

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    Excelente y completísimo artículo doctrinal de Faustino Gudín, Magistrado y Doctor en Derecho en LEX NOVA, sobre el nuevo escenario que se plantea actualmente en la sociedad debido a la aparición de los medios digitales. Fantástico resumen como introducción de la temática que aborda a continuación.
jcarlosmtnez

Sentencia 115/2000, de 10 de mayo de 2000. Recurso de amparo 640/97. Promovid... - 0 views

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    El recurso de amparo interpuesto se fundamenta en la vulneración del derecho a la intimidad personal y familiar, por la publicación del reportaje sobre el hogar y la vida en familia de una persona con notoriedad pública, con datos proporcionados por una antigua niñera vulnerando su deber de secreto profesional, que carecen de relevancia pública y cuya veracidad y entidad resultan intrascendentes.
Manuel Fernández Pena

¿Qué es el Ciberbullying? - 4 views

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    Página dedicada integramente al ciberbullying, explicando de que se trata, aconsejando tanto a hijos como a padres sobre como identificarlo y muchos casos realcionados con este tipo de delitos.
Manuel Fernández Pena

Consejos para padres y madres acerca del acoso escolar - 0 views

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    Consejos por parte de la ONG Save the Children para ayudar a padres y madres a detectar posibles casos de acoso escolar, también llamado "bullying".
Manuel Fernández Pena

Consejos para profesores acerca del acoso escolar - 0 views

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    Consejos por parte de la ONG Save the Children para ayudar a profesores a detectar posibles casos de acoso escolar, también llamado "bullying".
Manuel Fernández Pena

Consejos para niños y niñas acerca del acoso escolar - 0 views

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    Consejos por parte de la ONG Save the Children para ayudar a niños y niñas a detectar posibles casos de acoso escolar, también llamado "bullying".
Manuel Fernández Pena

¿Qué hay tras las redadas de pedófilos? - 0 views

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    Artículo de eldiario.es que ahonda en las dificultades para probar y castigar debidamente a los pedófilos y a las redes de prostitución infantil.
jcarlosmtnez

Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, por la que se regula la utilización de v... - 1 views

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    La Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, por la que se regula la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos, dispone en su artículo primero que "La presente Ley regula la utilización por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad de videocámaras para grabar imágenes y sonidos en lugares públicos, abiertos o cerrados, y su posterior tratamiento, a fin de contribuir a asegurar la convivencia ciudadana, la erradicación de la violencia y la utilización pacífica de las vías y espacios públicos, así como de prevenir la comisión de delitos, faltas e infracciones relacionados con la seguridad pública."
Manuel Fernández Pena

Redes Sociales Seguras - 1 views

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    Proyecto orientado a facilitar las labores de reflexión, concienciación y formación de chicos y chicas entre 10 y 14 años en relación con el uso responsable y sin riesgos de las redes sociales. Incluye un CD, un libro, una guía y una contraseña para el acceso a un sitio web de apoyo en tiempo real.
jcarlosmtnez

El derecho al honor: "Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil ... - 0 views

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    La Agencia de Protección de Datos informa de la existencia de la LO 1/1982.
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