Derecho al honor, a la intimidad / privacidad - 5 views
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jcarlosmtnez on 11 Nov 14La Constitución Española en su título I. "De los derechos y deberes fundamentales", en su art. 18.1 establece que "se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen". El primer párrafo del precepto cuenta con un contenido complejo, pues en él se protegen, en primer lugar, el derecho al honor, en segundo lugar, el derecho a la intimidad, tanto personal como familiar, y en tercer lugar el derecho a la propia imagen, derechos como veremos con rasgos comunes, pero también con aspectos que permiten distinguir tres derechos diferenciados.