artículos ilegales, total o parcialmente:
ARTICULO 166: Todo animal doméstico que se encuentre en la vía pública sin control humano o carente del necesario sistema de sujeción, aunque presente algún tipo de identificación será considerado vago para los efectos legales y, para evitar las consecuencias nocivas que pueda provocar esta situación, podrá ser retirado y/o eliminado por la autoridad competente, quién dispondrá las medidas necesarias para ello.
ARTICULO 173: Cuando la autoridad sanitaria detecte un caso de rabia, o las condiciones epidemiológicas para que se produzca un brote de la enfermedad, podrá retirar o eliminar los perros vagos que se encuentren en la vía pública y lugares de uso común .En caso de ser necesario, para cumplir con este objetivo, se solicitará el auxilio de la fuerza pública.
ARTICULO 176: Los propietarios a cualquier título de animales enfermos o lesionados deben proveer asistencia veterinaria, siempre que sea necesaria y en el caso de no poder resolver el problema por medios terapéuticos, la eutanasia será un medio valido a realizarse para evitar el sufrimiento del animal, debiendo ser efectuada sólo por un Medico Veterinario ya sea privado, o por los médicos Veterinario Municipales.
ARTICULO 177: Queda estrictamente prohibido dejar abandonados animales en los espacios de uso público o privados, así como alimentar animales en la vía pública.
Manifiesto de Vote Cruelty Free, nueva coalición de organizaciones animalistas del Reino Unido que pretende lograr una coordinación efectiva, y trabajar junto a los candidatos de diversos partidos con vistas a las elecciones europeas de junio. En pos de un cambio.