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Group 10 'Networking'

LA RSC. ORIGEN Y CONCEPTO. - 0 views

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    En este link se detallan el origen y concepto de la RSC, así como su evolución desde los años 50 del siglo pasado hasta lo que conocemos hoy en día.
influencers_uoc

The History of Influencer marketing (SlideShare) - IZEA - 0 views

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    En esta pagina web podremos encotrar una linea de tiempo muy facil de entender, de como fueron los origenes de los influencers.
Anna Giner

Responsabilidad Social Corporativa: Teoría y práctica - Fernando Navarro Garc... - 0 views

shared by Anna Giner on 10 Nov 15 - No Cached
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    La RSC ya no es una moda pasajera. La comunicación de la Comisión Europea a finales de 2011 con su apuesta por la RSE para el período 2011-2014 es una prueba más de ello y la crisis económica internacional nos recuerda, una vez más, que la ética es rentable y que saltarse las reglas morales del juego es algo que tarde o temprano pagamos todos y no beneficia a nadie. El consumidor y las empresas están cada vez más concienciados de sus respectivas responsabilidades sociales en calidad del proceso de producción, distribución y venta/consumo. La empresa debe obtener beneficios, pero no a cualquier costa y para ello tendrá que considerar el impacto inmediato y futuro de sus actuaciones. Tendrá que considerar a otros nuevos actores, distintos del tradicional triunvirato socios-accionistas-clientes. La forma en como lo hace y en qué campos de actuación, es lo que hoy damos en llamar RSC, RSE o sencillamente RS. El Tercer Sector (economía social) y las ONG son organizaciones no lucrativas y solidarias que paulatinamente han ido cobrando importancia y presencia social. También tienen una responsabilidad ante la sociedad; y también las ONG colaboran y se relacionan con las empresas. ¿Es incompatible esa relación? ¿De qué manera lo hacen? ¿Tienen alguna responsabilidad las empresas en la lucha contra la corrupción y en la promoción de los derechos humanos en países en conflicto armado? Este libro sienta las bases teórico-prácticas de la RSC. Aunque no suele ser habitual en los libros de esta materia, es importante que el lector cuente con una base teórica asequible sobre ética para introducirlo en conceptos que son esenciales a la RSC (responsabilidad, legitimidad social, toma de decisiones prudentes, libertad y voluntariedad...) y sin los cuales la RSC no sería más que pura “cosmética” al servicio de una moda más o menos pasajera. No es un manual de filosofía moral; pero tampoco creemos que sea coherente excluir radicalmente conc
TIC&TAC-GRUPO15 UOC

Código Ético FERRERO - 2 views

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    Para conocer el código ético y los valores de Ferrero Una historia empresarial, desde la segunda guerra mundial en Italia, hasta nuestros días. Su origen, su ética, su SRC, su fundación y valores.
Gaugamela UOC

2 ¿Qué es la tecnología CRISPR/Cas9 y cómo nos cambiará la vida? - 0 views

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    "Cómo nos va a cambiar la vida? Las posibilidades son casi inimaginables. Con la tecnología CRISPR/Cas9 se inaugura una nueva era de ingeniería genética en la que se puede editar, corregir, alterar, el genoma de cualquier célula de una manera fácil, rápida, barata y, sobre todo, altamente precisa. Cambiar el genoma significa cambiar lo esencial de un ser, recordadlo. En un futuro relativamente cercano servirá para curar enfermedades cuya causa genética se conozca y que hasta ahora eran incurables. Es lo que seguramente muchas veces habréis oído nombrar como terapia génica. Ya se está trabajando con esta tecnología en estas enfermedades como la Corea de Huntington, el Síndrome de Down o la anemia falciforme. Otra aplicación aparentemente futurista, pero no tan quimérica es la reprogramación de nuestras células para que corten el genoma del VIH. Así, el MIT (Instituto Tecnológico de Massachussets) anunció ya en marzo de 2014 que había conseguido curar a un ratón adulto de una enfermedad hepática (tirosinemia de tipo I) de origen genético utilizando esta tecnología. Y, sí, como muchos estáis pensando, esta técnica también vale para modificar los genomas de embriones humanos. Sobre las implicaciones éticas y sociales habría que escribir muchos libros, pero no es nuestro objeto aquí. Además de estas implicaciones sanitarias, también se puede utilizar para mejorar los alimentos transgénicos (desarrollar nuevas variedades de plantas y animales con características genéticas concretas), modificar bacterias y otros microorganismos de uso industrial y alimentario. Guerra de patentes La ciencia también tiene una parte "fea". Y en esta ocasión, como casi siempre, viene derivada de los intereses económicos (obvios) que tiene la tecnología CRISPR/Cas9. Poco después del famoso artículo de Doudna y Charpentier, en enero de 2013 los laboratorios de George Church en Harvard y Feng Zhang en el Broad Institute del MIT fueron los p
anonymous

Camino de Santiago - Wikipedia, la enciclopedia libre - 1 views

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    Wikipedia, un clásico. Origen del camino.
ruraltour

Los datos turísticos de este verano han sido muy buenos - LAZKAOKO UDALA - 0 views

  • 15.664 las personas
  • Este verano el turismo ha subido un 0.2%.
  • teniendo en cuenta la increíble subida del 23.2% del verano pasado,
  • ...3 more annotations...
  • e 37 países
  • han pernoctado más de cinco noches
  • han aumentado los grupos de turistas llegados mediante agencias de viajes y receptivos
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    Aquí tenemos datos estadísticos de viistantes, comparativa y nacionalidades de origen
grupo_intural

Enoturismo en Huesca - 0 views

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    Nos explican la edición durante los primeros dias de Noviembre para realizar catas de vino de la denominación de origen Somontano en Huesca. Búsqueda con Ecosia.org
Gaugamela UOC

BOE.es - Documento consolidado BOE-A-2006-9292 - 0 views

  • La Ley 45/2003, de 21 de noviembre, por la que se modifica la Ley 35/1988, de 22 de noviembre, sólo dio una respuesta parcial a tales exigencias. En efecto, dicha Ley autorizó la utilización, con fines de investigación, de los preembriones que se encontraban crioconservados con anterioridad a su entrada en vigor -noviembre de 2003-, aunque bajo condiciones muy restrictivas. Pero a la vez que abría esta posibilidad, establecía la limitación de producir un máximo de tres ovocitos en cada ciclo reproductivo, lo que dificultaba la práctica ordinaria de las técnicas de reproducción asistida, al impedir poner los medios para lograr el mayor éxito con el menor riesgo posible para la salud de la mujer, que era el principal objetivo de la Ley modificada.
  • Por otra parte, la Ley 45/2003, de 21 de noviembre, dispensaba distinto tratamiento a los preembriones crioconservados o congelados según cual fuera la fecha de su generación. Los anteriores a noviembre de 2003, fecha de la entrada en vigor, podían ser dedicados, además de a otros fines, a la investigación, posibilidad que estaba vedada a los generados con posterioridad, que podrían destinarse únicamente a fines reproductivos de la pareja generadora o a la donación a otras mujeres.
  • Además, en línea con lo que dispone la Constitución Europea, prohíbe la clonación en seres humanos con fines reproductivos.
  • ...12 more annotations...
  • La Ley es respetuosa con la realidad autonómica actual del Estado español, en el que la autorización de proyectos concretos corresponde de manera indudable a las comunidades autónomas, a las que se dota del necesario apoyo técnico, mediante el reforzamiento del papel asesor de una única comisión, de la que forman parte representantes de las propias comunidades autónomas.
  • Por otro lado, la realidad de la aplicación de las técnicas de reproducción asistida en nuestro país no puede ser ajena a la consideración de que dichas técnicas se han desarrollado de manera extensiva en especial en el ámbito privado. De esa realidad se deriva que la intervención de los poderes públicos en este campo debe ir dirigida también a compensar la asimetría de información que existe entre quienes acuden a demandar la aplicación de estas técnicas y quienes las aplican, de manera que se garantice en lo posible el equilibrio de intereses entre unos y otros.
  • Se prohíbe la clonación en seres humanos con fines reproductivos.
  • Regular la aplicación de las técnicas de reproducción humana asistida en la prevención y tratamiento de enfermedades de origen genético, siempre que existan las garantías diagnósticas y terapéuticas suficientes y sean debidamente autorizadas en los términos previstos en esta Ley.
  • 4. Los diferentes destinos posibles que podrán darse a los preembriones crioconservados, así como, en los casos que proceda, al semen, ovocitos y tejido ovárico crioconservados, son: a) Su utilización por la propia mujer o su cónyuge. b) La donación con fines reproductivos. c) La donación con fines de investigación. d) El cese de su conservación sin otra utilización. En el caso de los preembriones y los ovocitos crioconservados, esta última opción sólo será aplicable una vez finalizado el plazo máximo de conservación establecido en esta Ley sin que se haya optado por alguno de los destinos mencionados en los apartados anteriores.
  • Cualquier intervención con fines terapéuticos sobre el preembrión vivo in vitro sólo podrá tener la finalidad de tratar una enfermedad o impedir su transmisión, con garantías razonables y contrastadas.
  • 2. La terapia que se realice en preembriones in vitro sólo se autorizará si se cumplen los siguientes requisitos: a) Que la pareja o, en su caso, la mujer sola haya sido debidamente informada sobre los procedimientos, pruebas diagnósticas, posibilidades y riesgos de la terapia propuesta y las hayan aceptado previamente. b) Que se trate de patologías con un diagnóstico preciso, de pronóstico grave o muy grave, y que ofrezcan posibilidades razonables de mejoría o curación. c) Que no se modifiquen los caracteres hereditarios no patológicos ni se busque la selección de los individuos o de la raza. d) Que se realice en centros sanitarios autorizados y por equipos cualificados y dotados de los medios necesarios, conforme se determine mediante real decreto.
  • 3. La realización de estas prácticas en cada caso requerirá de la autorización de la autoridad sanitaria correspondiente, previo informe favorable de la Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida.
  • 1. Los gametos podrán utilizarse de manera independiente con fines de investigación. 2. Los gametos utilizados en investigación o experimentación no podrán utilizarse para su transferencia a la mujer ni para originar preembriones con fines de procreación.
  • 1. La investigación o experimentación con preembriones sobrantes procedentes de la aplicación de las técnicas de reproducción asistida sólo se autorizará si se atiene a los siguientes requisitos: a) Que se cuente con el consentimiento escrito de la pareja o, en su caso, de la mujer, previa explicación pormenorizada de los fines que se persiguen con la investigación y sus implicaciones. Dichos consentimientos especificarán en todo caso la renuncia de la pareja o de la mujer, en su caso, a cualquier derecho de naturaleza dispositiva, económica o patrimonial sobre los resultados que pudieran derivarse de manera directa o indirecta de las investigaciones que se lleven a cabo. La información y el consentimiento deberán efectuarse en formatos adecuados, siguiendo las reglas marcadas por el principio del diseño para todos, de manera que resulten accesibles y comprensibles a las personas con discapacidad. b) Que el preembrión no se haya desarrollado in vitro más allá de 14 días después de la fecundación del ovocito, descontando el tiempo en el que pueda haber estado crioconservado. c) En el caso de los proyectos de investigación relacionados con el desarrollo y aplicación de las técnicas de reproducción asistida, que la investigación se realice en centros autorizados. En todo caso, los proyectos se llevarán a cabo por equipos científicos cualificados, bajo control y seguimiento de las autoridades sanitarias competentes. d) Que se realicen con base en un proyecto debidamente presentado y autorizado por las autoridades sanitarias competentes, previo informe favorable de la Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida si se trata de proyectos de investigación relacionados con el desarrollo y aplicación de las técnicas de reproducción asistida, o del órgano competente si se trata de otros proyectos de investigación relacionados con la obtención, desarrollo y utilización de líneas celulares de células troncales embrionarias.
  • 1. Los preembriones crioconservados sobrantes respecto de los que exista el consentimiento de la pareja progenitora o, en su caso, la mujer para su utilización con fines de investigación se conservarán, al igual que aquellos otros para los que se haya consentido en otros destinos posibles, en los bancos de preembriones de los centros de reproducción asistida correspondientes. 2. La utilización efectiva del preembrión con fines de investigación en un proyecto concreto en el propio centro de reproducción asistida, o su traslado a otro centro en el que se vaya a utilizar en un proyecto concreto de investigación, requerirá del consentimiento expreso de la pareja o, en su caso, de la mujer responsable del preembrión para su utilización en ese proyecto, previa información pormenorizada y comprensión por los interesados de los fines de esa investigación, sus fases y plazos, la especificación de su restricción al ámbito básico o su extensión al ámbito clínico de aplicación, así como de sus consecuencias posibles. Si no se contase con el consentimiento expreso para la utilización en un proyecto concreto de investigación, deberá recabarse en todo caso antes de su cesión a ese fin, salvo en el caso de la ausencia de renovación del consentimiento previsto en el artículo 11.6.
  • 10.ª La selección del sexo o la manipulación genética con fines no terapéuticos o terapéuticos no autorizados.
    • Gaugamela UOC
       
      Infracción MUY GRAVE
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    Ley sobre Técnicas de Reproducción Asistida
united_on_cloud

https://www.gestion.org/evolucion-del-marketing/ - 0 views

Evolución del Marketing desde su origen a nuestros días.

marketing PEC2 Grupo10_UOC Isabel Chacón evolución

started by united_on_cloud on 15 Apr 19 no follow-up yet
Unlimited Investigations

Towards a system of conflict management? An evaluation of the impact of workplace media... - 3 views

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    Estudio en lengua inglesa que estudia la origen y la posible resolución de varios tipos de conflictos sociales que puedan ser presentes en una empresa. Toma como modelo de referencia la experiencia de la empresa Northumbria Healthcare NHS, la cual desarrolló un metodo de resolución de conflictos de tipo estratégico y sistematico. Evidencia problemáticas y soluciones mediante gráficos, datos estadísticos, testigo directos del equipo trabajador.
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