La contaminación acústica | Ecologistas en Acción - 0 views
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La contaminación acústica presenta unas características concretas que lo diferencian de otros contaminantes: Es el contaminante más barato de producir y necesita muy poca energía para ser emitido. Es complejo de medir y cuantificar. No deja residuos, no tiene un efecto acumulativo en el medio, pero si puede tener un efecto acumulativo en sus efectos en el hombre. Tiene un radio de acción mucho menor que otros contaminantes, es decir, se localiza en espacios muy concretos. No se traslada a través de los sistemas naturales, como el aire contaminado movido por el viento, por ejemplo. Se percibe sólo por un sentido: el oído, lo cual hace subestimar su efecto. Esto no sucede con el agua, por ejemplo, donde la contaminación se puede percibir por su aspecto, olor y sabor.
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Así podemos observar consecuencias psicológicas, físicas, sociales y económicas: Malestar y estrés Trastornos del sueño Pérdida de atención Dificultad de comunicación Pérdida de oído Afecciones cardiovasculares Retraso escolar Conductas agresivas Dificultad de convivencia Costes sanitarios Baja productividad Accidentes laborales Pérdida de valor de los inmuebles Ciudades inhóspitas Retraso económico y social
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Normativa Estatal: Ley del Ruido (Ley 37/2003, de 17 de Noviembre, del ruido) B.O.E. 18/11/2003 RD 1513/2005, de 16 de diciembre, por el que se desarrolla la ley 37/2003, del Ruido, en lo referente a la evaluación y gestión del ruido ambiental. Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas Y Peligrosas (RAMINP).aprobado por Decreto 2414/ 1961, de 30 de Noviembre. Real Decreto 286/2006, de 10 de marzo, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido Sustituye al Real Decreto 1316/1989, de 27 de octubre, salvo para los sectores de la música y el ocio, en los que éste seguirá vigente hasta el 15 de febrero de 2008. Ordenanzas Municipales de Las Palmas de Gran Canaria: Ordenanza General de Convivencia Ciudadana y Vía Pública. Esta ordenanza hace referencia en no de sus puntos al comportamiento o conducta de los ciudadanos respecto a los ruidos y concreta aquellos que se consideran infracciones. Para tener esta información pincha aquí Ordenanza Municipal de Protección del Medio Ambiente frente a Ruidos y Vibraciones. Esta ordenanza delimita los niveles máximos de ruidos y vibraciones según la actividad. Para consultar este reglamento, pincha aquí