Este artículo con fecha 27 de Junio de 2014 refleja la resolución tomada por la UNHRC (El Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas), en la que establece que los derechos humanos de los que gozan las personas fuera de internet, deben prevalecer igualmente en Internet. Menciona aspectos fundamentales como: el derecho de expresión, de asociación, de reunión y el derecho a la privacidad.