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Gloria Leon

Las Leyes del Poder Popular y la LEU - Por: Carlos Lanz Rodríguez - 0 views

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    Hemos sostenido reiteradamente en diversos espacios de debate, la necesidad de articular los aspectos propositivos de la Ley de Educación Universitaria (LEU) con los contenidos de las llamadas "leyes del poder popular" aprobadas por la anterior Asamblea Nacional, entre las cuales están: LEY ORGÁNICA DE PODER POPULAR, LEY ORGANICA DE COMUNAS, LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL, LEY ORGÁNICA DE PLANIFICACIÓN PÚBLICA Y POPULAR, LEY ORGÁNICA DE CONTRALORÍA SOCIAL
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ley organica de planificaion - 0 views

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    decreto de ley
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    decreto de ley
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CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA - 0 views

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    PREÁMBULO El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar y el heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de los precursores y forjadores de una patria libre y soberana; con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones; asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna; promueva la cooperación pacífica entre las naciones e impulse y consolide la integración latinoamericana de acuerdo con el principio de no intervención y autodeterminación de los pueblos, la garantía universal e indivisible de los derechos humanos, la democratización de la sociedad internacional, el desarme nuclear, el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable de la humanidad; en ejercicio de su poder originario representado por la Asamblea Nacional Constituyente mediante el voto libre y en referendo democrático, decreta la siguiente
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    PREÁMBULO El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar y el heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de los precursores y forjadores de una patria libre y soberana; con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones; asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna; promueva la cooperación pacífica entre las naciones e impulse y consolide la integración latinoamericana de acuerdo con el principio de no intervención y autodeterminación de los pueblos, la garantía universal e indivisible de los derechos humanos, la democratización de la sociedad internacional, el desarme nuclear, el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable de la humanidad; en ejercicio de su poder originario representado por la Asamblea Nacional Constituyente mediante el voto libre y en referendo democrático, decreta la siguiente
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GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA AÑO CXXXVII -MES V Ca... - 0 views

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    Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 1 Objeto La presente Ley tiene por objeto regular la organización y funcionamiento del Consejo Federal de Gobierno y, en virtud de ello, y a fin de desarrollar las competencias que el texto constitucional le ha trazado, establecer los lineamientos de la planificación y coordinación de las políticas y acciones necesarias para el adecuado desarrollo regional. Igualmente, atiende al establecimiento del régimen para la transferencia de las competencias entre los entes territoriales, y a las organizaciones detentadoras de la soberanía originaria del Estado.
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PRESENTACIÓN-ANALISIS E INTERPRETACIÓN DE LA LEY ORGANICA DE PLANIFIC… - 0 views

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    Los propósitos y alcances básicos de la planificación no se encontraban establecidos en las constituciones anteriores a 1999.Práctica meramente formal y ritual de formular un plan de desarrollo sin consenso cada período constitucional.Prepotencia en la manera de concebirla frente al pueblo.Menosprecio a formas organizativas del pueblo, por lo que difícilmente se podía aplicar una planificación abierta.Muchos de los planes y proyectos ejecutados se determinaban de acuerdo con los criterios partidistas, de beneficio a cúpulas y a favor del lucro, promoviendo la desigualdad y los desequilibrios tanto económicos como territoriales. Fuente: Proyecto de LOPP aprobado en primera discusión.
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    Los propósitos y alcances básicos de la planificación no se encontraban establecidos en las constituciones anteriores a 1999.Práctica meramente formal y ritual de formular un plan de desarrollo sin consenso cada período constitucional.Prepotencia en la manera de concebirla frente al pueblo.Menosprecio a formas organizativas del pueblo, por lo que difícilmente se podía aplicar una planificación abierta.Muchos de los planes y proyectos ejecutados se determinaban de acuerdo con los criterios partidistas, de beneficio a cúpulas y a favor del lucro, promoviendo la desigualdad y los desequilibrios tanto económicos como territoriales. Fuente: Proyecto de LOPP aprobado en primera discusión.
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Un fondo de compensación interterritorial para Venezuela: algunas consideraci... - 0 views

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    Este ensayo presenta una perspectiva general de los elementos económicos e institucionales que podrían ser considerados para el diseño de un mecanismo de compensación de los desbalances interterritoriales entre las entidades federales de Venezuela, siguiendo las pautas establecidas por la Constitución de 1999. El documento pone en evidencia las ventajas, así como las limitaciones institucionales y riesgos potenciales de aquella propuesta. En este último sentido se destacan los posibles desincentivos para los receptores de esos recursos en hacer mayores esfuerzos para introducir mejoras sustantivas en su gestión, como consecuencia de la transferencia fiscal sin contrapartida. Se hace un llamado de atención sobre la necesidad de que esta nueva institución fiscal se acompañe de mecanismos apropiados de coordinación intergubernamental y de rendición de cuentas que perfeccionen las relaciones entre los distintos niveles de gobierno.
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