Un consejero profesional licenciado debe poseer mínimo una Maestría en Consejería de una universidad reconocida y acreditada por la Middle States Association of College and Secundary Schools, aprobar un examen de reválida del National Board for Certified Counselors (se administra en Puerto Rico), de aprobarlo, se le otorga una licencia provisional hasta completar 500 horas de práctica supervisada a través de un mentor certificado. Es entonces, cuando el Departamento de Salud de Puerto Rico le otorga la credencial. Una vez licenciados, la Junta Examinadora de Consejeros Profesionales les exige 45 horas de educación continua trianuales para poder renovar la misma.